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¿Hasta cuándo deben utilizar sillas de coche los niños?

¿Hasta cuándo deben utilizar sillas de coche los niños?

Se acerca el verano, una época del año en la que se multiplican los desplazamientos en automóvil, y hemos pensado que es el momento perfecto para tocar un tema que genera muchas dudas entre las familias y sobre el que existe demasiado desconocimiento: ¿hasta cuándo debo utilizar un sistema de retención infantil para mi hijo/a?

Con este artículo, elaborado en colaboración con la Jefatura Provincial de Tráfico de Granada, queremos también ayudar en la sensibilización sobre una cuestión que nos parece de capital importancia: la “relajación” generalizada que venimos observando entre las familias respecto al tema de la seguridad infantil en el automóvil conforme nuestros hijos van creciendo.

Desde aquí, un agradecimiento muy especial a José Luis Viedma, Coordinador de Seguridad Vial de la Jefatura Provincial de Tráfico de Granada, sin cuyas aportaciones y correcciones, este artículo sería mucho menos riguroso.

José Luis Viedma tráfico Granada

¿Nos relajamos demasiado con la seguridad en el automóvil conforme los niños crecen?

Cuando va a nacer el bebé, una de nuestras preocupaciones fundamentales es la seguridad en sus desplazamientos en vehículo: elegimos cuidadosamente el sistema de retención infantil (SRI) que vamos a utilizar, estamos (afortunadamente) cada vez mas concienciados con la importancia de viajar a contramarcha el mayor tiempo posible, y dispuestos invertir económicamente en seguridad, adquiriendo SRI de buena calidad, incluso por delante de otros productos para el bebé como la cuna o el cochecito de paseo.

Sin embargo, a medida que nuestros hijos e hijas van creciendo y van adquiriendo autonomía, nuestra percepción del peligro cambia y disminuye, a veces drásticamente, llevándonos a prácticas realmente peligrosas, sobre todo en los desplazamientos cortos, donde nos solemos relajar o no prestar la debida atención, ya que nos resultan más habituales.

Si tienes hijos que ya no son bebés pero tampoco son “mayores”, puede que te hayas visto en alguna de estas situaciones (o en todas):

Los abuelos van a recoger al peque al cole, y no tienen SRI en su coche, pero “es un trayecto muy cortito y vamos a ir muy despacio”. Una amiga recoge a tu hijo para que coma en casa de otro amigo y únicamente dispone de un SRI “si son 10 minutos y voy y vengo cada día por ese camino, no va a pasar nada”. Alguien en tu grupo de amigos te dice “todavía llevas a tu hijo/a con silla en el coche?, pero si ya es muy mayor”. Un supuesto “experto” en el tema apunta “a partir de tal edad ya no debe llevar silla con respaldo, hay que pasarlo al alzador”…

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Te suena ¿verdad?. Son situaciones absolutamente cotidianas que esconden un profundo desconocimiento de la normativa de seguridad vial referida al transporte de niños en el automóvil y que, sobre todo, conllevan prácticas de enormes riesgos.

Por eso, queremos profundizar un poco en las principales cuestiones que debemos tener en cuenta para que los desplazamientos de nuestro peques más mayorcitos en coche sean lo más seguros posible.

¿Qué dice la normativa sobre la utilización de sistemas de retención infantil en menores?

Según modificación del art. 117 del Reglamento General de Circulación, por RD 660/2015 en los vehículos de hasta nueve plazas incluido el conductor los menores de edad deben viajar en un sistema de retención homologado y adaptado a su peso y talla hasta que superen los 135cm de altura (unos 10-12 años aprox), aunque la recomendación es hacerlo hasta los 1,50cm, estableciéndose la obligación de que viajen en los asientos traseros, salvo excepciones.

Quizás tu hijo/a ya supera los 1,35, pero al sentarlo y colocarle el cinturón de seguridad has observado que éste le pasa por el cuello. En ese caso, no debería circular sin elevador, ya que pueden producirse importantes lesiones en caso de accidente o impacto. Las lesiones más frecuentes entre los 4 y 10 años son de abdomen (mayor riesgo de sufrir hemorragia interna o lesiones abdominales). Sus órganos no están suficientemente fijados a la estructura abdominal y los huesos de la pelvis son muy frágiles).

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La banda diagonal del cinturón debe pasar por encima de la clavícula y sobre el hombro, sin tocar el cuello. Si la banda del hombro toca el cuello o pasa bajo el mentón, el niño debe seguir utilizando un asiento elevador.

El motivo de esta aparente contradicción entre la normativa y la realidad es que los fabricantes de vehículos diseñan los cinturones para ser utilizados para personas adultas de al menos 1,50 cm. De ahí la recomendación de utilizar elevador hasta que el peque alcance los 1,50 cm.

¿Qué tipo de SRI debo utilizar?

Actualmente, las sillas se clasifican en grupos, en función del peso del niño/a que las ocupa (según la normativa R44) o en altura según la mas reciente normativa UN R129, también conocida como Isize (ambas normativas conviven en la actualidad). El tema de las normativas puede resultar un poco complicado, por lo que es importante realizar nuestra compra siempre en establecimientos especializados que puedan proporcionarnos toda la información que les demandemos.

En relación al tema que nos ocupa, hablamos de sillas del grupo 2 y 3, que están indicadas para niños desde 15 y hasta 36 kg aproximadamente o 100-135 cm.

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Se trata de asientos y cojines elevadores (con o sin respaldo) que están indicados para el momento en que el niño es demasiado grande para una silla y demasiado pequeño para utilizar el cinturón de seguridad. Funcionan elevando al niño hasta alcanzar la altura necesario para sujetarlo con el cinturón del propio vehículo. Pueden ir ancladas al vehículo con el propio cinturón o con un sistema Isofix.

Con ellos, la banda diagonal del cinturón pasa por encima de la clavícula y sobre el hombro, sin tocar el cuello y pegada al pecho. Este grupo de sillas disponen de guías para instalar el cinturón de seguridad de tres puntos. La banda ventral debe estar colocada lo más abajo posible, sobre caderas y muslos, y nunca sobre el estómago.

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¿Asiento o elevador con o sin respaldo?

Sin ningún género de dudas, con respaldo. Ofrecen mayor comodidad al peque y, sobre todo y mas importante, mucha mayor seguridad.

Los asientos con respaldo protegen de los impactos laterales y reducen la gravedad de las lesiones en la cabeza en caso de accidente (hasta seis veces mas que los asientos sin respaldo).

En este vídeo se observan muy claramente las diferencias entre uno y otro en caso de accidente.

Aunque el uso de elevador sin respaldo debidamente homologado está permitido legalmente, os recomendamos estar muy atentos al tema de la homologación, ya que es muy frecuente la venta de elevadores sin respaldo de muy mala calidad (en ocasiones apenas un trozo de poliuretano recubierto de un textil muy deslizante) y muchas veces sin la debida homologación.

elevador sin respaldo

De hecho, la normativa mas reciente, únicamente permite homologar los asientos sin respaldo fabricados a partir de febrero 2017 como grupo 3 (es decir, para niños de 22 a 26 Kg) y además deben incluir una etiqueta bien visible que indique que este tipo de elevador no puede ser utilizado con niños que midan menos de 125 cm.

Esto significa que aún podemos encontrar en el mercado asientos sin respaldo homologados para el grupo 2-3 si han sido fabricados con anterioridad a febrero de 2017. Debemos distinguir por tanto entre prohibición y homologación, pero tener siempre claro que lo más seguro es un asiento con respaldo, ya que en esa línea evoluciona la normativa sobre homologación.

Sin lugar a dudas, la mejor idea es acudir a puntos de venta especializados en seguridad infantil en el automóvil, para que nos aclaren todas las cuestiones relativas a seguridad y homologación, despejando todas nuestras dudas.

¿Qué asiento debe ocupar en el coche?

Según el Reglamento de circulación, los menores de 18 años que no superen los 1,35 cm de altura deben viajar obligatoriamente en los asientos traseros del vehículo, además de utilizar un sistema de retención homologado para su talla y peso.

Únicamente existen tres excepciones a esta obligación:

  • En vehículos que no dispongan de asientos traseros.
  • Cuando todas las plazas traseras estén ya ocupadas por menores de 18 años que miden menos de 135cm.
  • Cuando no sea posible la instalación de todos los dispositivos de retención en las plazas traseras.

¿Existen sanciones?

Por supuesto, la infracción de la norma lleva aparejada una sanción. Llevar a un niño sin su SRI está tipificado como infracción grave y lleva aparejada una sanción mínima de 200€ para el conductor responsable de la seguridad del menor y detracción de 3 puntos en su permiso de conducir. Asimismo, se contempla la posibilidad que tienen los agentes de Tráfico de inmovilizar el vehículo si se viaja con menores y no se hace uso del dispositivo de retención infantil.

Esperamos que algunas de estas indicaciones os hayan resultado de utilidad y que disfrutéis de unas vacaciones con desplazamientos muy seguros.